Quién puede acojerse a las ayudas

 


La Administración ha dividido los negocios que pueden beneficiarse de este programa tanto en la convocatoria de las ayudas, como en la cuantía de las mismas, en tres grupos diferentes:

  • Segmento I: pequeñas empresas (de 10 a 49 empleados), con un importe del bono digital por empresa de 12.000€.
  • Segmento II: pequeñas empresas o microempresas (de 3 a 9 empleados), con un importe del bono digital por empresa de 6.000€.
  • Segmento III: pequeñas empresas o microempresas y autónomos (de 1 a 2 empleados), con un importe del bono digital de 2.000€.

Requisitos y condiciones para solicitar la ayuda a la digitalización

  • Ser una pequeña empresa, una microempresa o un autónomo.
  • No tener consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
  • No superar el límite de ayudas mínimas (200.000€).
  • Tener la evaluación del Nivel de Madurez Digital en función del test de diagnóstico en la plataforma Acelera pyme.

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